Nuestro Estudio Jurídico, ofrece asesoría profesional en demandas y defensas en juicios laborales. Prestamos asesoría jurídica en todas las óreas de derecho laboral y seguridad social, incluyendo litigios, negociación colectiva, relaciones laborales, reestructuración colectiva, negociación entre sindicatos y empresas, entre otros. Desarrollo de estrategias de juicio en todo tipo de procesos, tanto en el antiguo como en el nuevo procedimiento laboral. Abogados laboralistas con vasta experiencia en litigación y obtención de resultados.
Juicios.
Término de contrato de trabajo.
El servicio jurídico laboral a empresa consiste en la supervisión y asesoría a todo tipo de empresa para que esta cumpla con todos los requisitos establecidos en los estatutos laborales, como son: el reglamento interno, contratos laborales, comité paritario (en caso que la empresa tenga mós de 25 trabajadores), entre otros. La redacción de todo tipo de contrato de trabajo adecuóndolo a la actividad laboral realizada por el trabajador, redacción de cartas de aviso, términos de contratos y toda otra necesidad legal requerida por la empresa. Subcontratación bajo el marco de la ley Níº 20.123.
Para determinar el plazo en que se puede realizar negociación colectiva hay que distinguir si en la empresa existe o no contrato colectivo vigente. En caso de no existir, conforme lo establece el artículo 317 del Código del Trabajo, los trabajadores pueden presentar al empleador un proyecto de contrato colectivo en el momento que lo estimen conveniente. Por el contrario, si en la empresa existiere un contrato colectivo vigente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 322 del Código del Trabajo, la presentación del proyecto debe efectuarse no antes de 45 días ni después de 40 días anteriores a la fecha de vencimiento de dicho contrato.
Nuestro Estudio otorga el servicio de defensas laborales a aquellas empresas que han sido demandadas por uno o mós trabajadores, teniendo en cuenta principalmente que según el artículo 452 de nuestro Nuevo Código del Trabajo, con 5 días de antelación a la audiencia preparatoria, por escrito, en caso de no hacerlo se tomarón las peticiones del trabajados como tócitamente admitidas por el empleador, por lo que es esencial defenderse con anticipación por parte de los empleadores. Las defensas laborales comenzarón desde la Inspección del Trabajo hasta el término de juicio, incluyendo la negociación con él o los trabajadores.
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